viernes, 29 de mayo de 2009

EN EL PERÚ SE CELEBRARÁ ESTE 31 DE MAYO EL DÍA MUNDIAL DE LUCHA CONTRA EL TABAQUISMO


Congresista Alda Lazo propone publicar advertencias sanitarias en ambas caras de la cajetillas de cigarro. El 31 de mayo se celebra el Día Mundial de lucha contra el tabaquismo fecha designada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) para alentar a los fumadores a dejar de fumar y, así mismo, para incrementar el conocimiento del público sobre el impacto que tiene el tabaco en la salud.

En nuestro país se desarrollarán diversas actividades para aunarse a los esfuerzos que viene desarrollando la OMS, y existen iniciativas legislativas en el Congreso de la República para modificar la actual Ley General para prevención y control de los riesgos del consumo de tabaco.

La congresista Alda Lazo de Hornung ha propuesto modificar el art. 7º de la ley 28705 para que toda clase de empaque o envoltura de los productos de tabaco lleven impreso en ambas caras principales, frases e imágenes de advertencia sobre el daño a la salud que produce fumar, toda vez que la actual ley sólo exige la información en una de las caras.

“Los paquetes de cigarrillos son un medio efectivo para publicitar los mensajes sobre el impacto nocivo del consumo del tabaco y las advertencias deben permitir que el consumidor reciba la información adecuada sobre todos los daños que el consumo de tabaco producen”, precisa la Dra. Lazo.

Las investigaciones demuestran que las etiquetas de advertencias eficaces aumentan el conocimiento sobre los riesgos asociados al consumo del tabaco y tienen influencia sobre las futuras decisiones acerca del su consumo. En ese sentido la OMS ha propuesto que los productos del tabaco tienen que ser vendidos en paquetes que indiquen claramente con fotos los peligros que enfrenta el consumidor para su salud.

“Las advertencias de salud en los paquetes de tabaco pueden ser una poderosa herramienta para iluminar la descarnada realidad del consumo de tabaco”, precisó Douglas Bettcher , funcionario de la OMS. La OMS quiere que las cajetillas de cigarros lleven imágenes agresivas de las enfermedades causadas por el tabaco.

El Congreso de la República para el pleno de la próxima semana tiene en agenda el debate del dictamen que propone las modificaciones a la actual Ley del Tabaco.

Lima, 29 de mayo de 2009
Despacho de la Congresista Alda Lazo de Hornung
Telf. 311 7436

lunes, 25 de mayo de 2009

PROPUESTA DE LA CONGRESISTA ALDA LAZO: CAJETILLLAS DE CIGARROS LLEVARÁN ILUSTRACIONES DE ADVERTENCIAS SANITARIAS EN AMBAS CARAS


“Modificar el artículo 7º de la Ley 28705 para que toda clase de empaque o envoltura de productos de tabaco lleven impreso en ambas caras principales, frases e imágenes de advertencia sobre el daño a la salud que produce el fumar”, señaló la congresista Alda Lazo de Hornung al hacer uso de la palabra en el Foro “Hacia una Legislación eficaz para un Perú libre de humo de tabaco”, realizado el día de ayer en el Congreso de la República.La legisladora precisó que la actual Ley en su art. 7º sólo exige la información en una de sus caras no permitiendo que el consumidor pueda enterarse de todas las consecuencias que trae para su salud. “Es necesario dar márgenes exactos en cuanto a las consecuencias del fumar en la salud, de esta forma estaríamos dándole la información suficiente al consumidor para que dejen de fumar y desalentar a los no fumadores respecto del inicio del consumo de tabaco”, precisó la Dra. Lazo El Perú, al firmar el convenio marco para el control de tabaco ante la Organización Mundial de la Salud - OMS, en 2004, se comprometió a modificar las cajetillas de cigarros para que éstas presentaran pictogramas que pudieran alertar a la población sobre las consecuencias del tabaquismo. “Los paquetes de cigarrillos son un medio efectivo para publicitar los mensajes sobre el impacto nocivo del consumo del tabaco y las advertencias deben permitir que el consumidor reciba la información adecuada sobre todos los daños que el consumo de tabaco producen”, añadió la congresista.Las investigaciones demuestran que las etiquetas de advertencias eficaces aumentan el conocimiento sobre los riesgos asociados al consumo del tabaco y tienen influencia sobre las futuras decisiones acerca del su consumo. “Después de que Brasil introdujera en el año 2002 advertencias ilustrativas, el 73% de los fumadores manifestaron su aprobación, el 54% dijo haber cambiado su opinión acerca de las consecuencias del consumo de tabaco sobre la salud y el 67% dijo que las nuevas advertencias les provocaban ganas de dejar de fumar, y en Australia hubo una mayor probabilidad de que los adolescentes que recién experimentaban el hábito y los fumadores ya establecidos pensaran en dejar de fumar; además, Irlanda, Suecia, Canadá, Uruguay, Bélgica y Chile han incorporado con mucho éxito en su legislación para que en el empaquetado y etiquetado de los productos de tabaco se consigne en ambas caras”, señaló la congresista.

Lima, 28 de mayo de 2009
Despacho de la congresista Alda Lazo de Hornung
Telf. 311 7436

viernes, 22 de mayo de 2009

CONGRESISTA ALDA LAZO FELICITA DIÁLOGO ENTRE EL MINCETUR Y LOS GUIAS DE TURISMO POR CONSENSUAR CRITERIOS PARA LA NUEVA LEY DE TURISMO



La congresista Alda Lazo de Hornung, propulsora de la nueva Ley de Turismo, felicitó a los gremios que agrupan los guías de turismo quienes han logrado consensuar con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCENTUR, el texto de la tercera disposición final de la nueva Ley General de Turismo en la sede del ministerio con la colaboración directa de la ministra Mercedes Aráoz, el día de ayer
La parlamentaria calificó la jornada como conciliadora donde el único ganador ha sido el turismo peruano. " De esta manera se ha logrado definir claramente las labores del guía de turismo", precisó la Dra., Lazo
En el texto consensuado se contempla la figura del guía de turismo especializado profesional, que será siendo protegido; el guía no especializado, quien para ser tal recibirá una certificación de acuerdo al reglamento que emitirá el MINCETUR; y el orientador, que es aquella persona que no es profesional ni técnica pero que realiza una labor cooperativa y podrá acompañar a los guías profesionales.
La Ley General de Turismo aprobada en primera votación fue debidamente consultada previamente a nivel nacional y se elaboró sobre la base del Anteproyecto propuesto por el MINCETUR. Sólo esta tercera disposición final referida al tema de la Ley de Guías ha sido cuestionada por los gremios.
"Apoyaré esta propuesta que el día de hoy se entregará formalmente a la Comisión de Comercio Exterior y Turismo del Congreso de la república para que en el plazo más corto el pleno lo apruebe.

jueves, 21 de mayo de 2009

LA LICENCIA LABORAL POR PATERNIDAD Y EL FORTALECIMIENTO DE LA FAMILIA PERUANA.


Introducción:

En la presente legislatura se han visto muchos temas relacionados a la temática de la Mujer y el desarrollo Social, pero considero necesario recalcar el reconocimiento del rol que el padre. desempeña en la familia, y la necesidad de incentivar un ambiente positivo para la paternidad, dentro de las familias y de la sociedad peruana.
Somos testigos de la transformación del papel de los padres en nuestra sociedad, las responsabilidades tradicionales y el rol del padre eran antes básicamente un modelo masculino y sostén económico de la familia; su presencia era notoria en la vida familiar, aunque no necesariamente se involucraban en la crianza directa de los hijos.

Las funciones y responsabilidades de los padres respecto a sus hijos, van cambiando en muchas familias y culturas, los peruanos no somos la excepción. Con el cambio de familias extensas a familias nucleares, hoy ambos padres crían directamente a sus hijos, y la influencia del padre sobre sus hijos adquiere mayor importancia.

El principio de la igualdad de género y la presencia de las madres en la fuerza laboral, han producido cambios en las tradicionales responsabilidades del padre. Ahora, en muchas culturas se enfatiza el trabajo conjunto del padre, más participativo e involucrado en los aspectos emocionales y concretos del día a día de la crianza de los hijos.

Hoy encontramos varias investigaciones[1] sobre el bienestar de la familia que se enfocaban en la relación padre e hijo que se centran en la exploración de sus roles, sobre todo en su participación en la familia y los efectos de ésta en el desarrollo de los hijos.

Estoy convencida que las políticas públicas que apoyen a los padres en su rol paterno deben enfocarse en remover las barreras del compromiso paterno y ayudarlos a mejorar su rol, desempeñado en el contexto de una política familiar más amplia. Las políticas deben incluir programas de educación para el padre, facilitar los lazos padre e hijo desde la primera infancia que empiezan con el nacimiento.

[1] Traducción no oficial realizada por el Centro de Información de la ONU – LimaMayo de 2008
Las consecuencias en los niños que crecen sin un padre presente en el hogar, es un tema de vital importancia. Algunos especialistas señalan la relación entre la ausencia paterna y los desenlaces sociales, como el rendimiento escolar y el crimen[1].

El régimen laboral peruano necesita igualar los derechos entre hombres y mujeres no sólo por que algunas grandes empresas ya comenzaron a modificar el otorgamiento de este beneficio en el marco de programas de Recursos Humanos que buscan balancear trabajo y vida privada; o por que muchas legislaciones americanas y europeas ya lo tienen implantado hace muchos años, sino por que desconocer el derecho laboral por paternidad del trabajador resulta una discriminación directa hacia el género masculino.

Los numerosos trabajos de investigación realizados hasta el momento[2], que han intentado evaluar el daño que produce la falta de padre, avalan y confirman la importancia la presencia paterna desde los primeros momentos de vida del niño. Los profesionales que intervienen en temas de familia tienen la responsabilidad de tener en cuenta estos trabajos de investigación que también han determinado que la ausencia paterna eleva el riesgo de deserción escolar, la presencia y proximidad del padre está correlacionada con un mejor desempeño en la escuela; La ausencia del padre es entonces un factor de riesgo en lo que hace al proceso de transición que comienza en la adolescencia y termina en una inserción exitosa en la comunidad.
[1] McLanahan y Sandefur, Duncan Timms (University of Stockholm, 1991)
[2] http://psicologiacristiana.com/portal/index2.php?option=com_content&do_pdf=1&id=1152
Preocupación Legislativa Latente.

Desde 1995 se presentaron en el Congreso de la República diversas iniciativas legislativas vinculadas al tema de trabajadores con responsabilidades familiares, sin embargo siempre se dijo que el Perú no estaba preparado para este derecho de los padres. Considero por ello, que es una tarea pendiente que el Congreso de la República y que debe responder a las necesidades legislativas actuales.

En 1986 el Perú ratificó el "Convenio sobre los trabajadores con responsabilidades familiares, 1981" (Convenio 156 de la OIT) sobre las responsabilidades familiares compartidas, sin embargo pese a que han transcurrido 23 años desde entonces se sigue diciendo que el Perú no está preparado.

Durante los últimos 23 años el camino hacia la licencia paternal se ha ido preparando y he aquí los fundamentos legales para incluir en la legislación peruana a la Licencia por Paternidad:
Nuestra Constitución Política señala en su artículo 6º que “La política nacional de población tiene como objetivo difundir y promover la paternidad y maternidad responsable...”

Así mismo el artículo 7º refiere que “Todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa...”
El artículo 2º en su inciso 2º señala que “Toda persona tiene derecho a la Igualdad ante la Ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole”

La Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969 en su artículo 17° numeral 4º señala que “Los estados partes deben tomar medidas apropiadas para asegurar la igualdad de los derechos y la adecuada equivalencia de responsabilidades de los cónyuges en cuanto al matrimonio...”

Por su lado, la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer de 1979 declara “los mismos derechos y responsabilidades de los progenitores cualquiera sea su estado civil, en materias relacionadas con sus hijos; en todos los casos, los intereses de los hijos serán la consideración primordial”.

La Convención sobre los Derechos del niño de 1989 es muy claro al señalar en el numeral 1 del artículo 18º que “Los Estados partes pondrán el máximo empeño en garantizar el reconocimiento del principio de que ambos padres tienen obligaciones comunes en los que respecta a la crianza y el desarrollo del niño”.

Por su parte la Organización Internacional del Trabajo ha recomendado en el Convenio 156 que “Durante el periodo inmediatamente posterior a la licencia por maternidad, la madre o el padre deberán tener la posibilidad de obtener licencia sin perder su empleo o conservando los derechos que se deriven de él”

En la resolución 47/237 del 20 de septiembre de 1993, la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó que el 15 de mayo de cada año se celebrase el Día Internacional de la Familia. El tema de este año es “Padres y familias: Responsabilidades y Desafíos”, el cual enfatiza el papel del padre en la familia junto con las responsabilidades y retos que debe enfrentar.

En cuanto a la igualdad de derechos y obligaciones de madres y padres en la crianza y desarrollo de los hijos, tanto la Constitución Política como el Código Civil reconocen que todos los hijos tienen iguales derechos, sin embargo nuestra legislación no establece el derecho de los hombres a gozar de licencias parentales o en caso de muerte de la madre o del recién nacido.

En el Perú la Ley Nº 26644 (de junio de 1996) Ley que precisa el goce del Derecho de descanso Pre natal y post natal de la trabajadora gestante; La Ley Nº 27606 otorga el descanso post natal de la madre trabajadora hasta por treinta días adicionales en caso de nacimientos múltiples; y la Ley Nº 28048 (de Julio del 2003) Ley de Protección a favor de la Mujer Gestante que realiza labores que pongan en riesgo su salud y/o desarrollo normal del embrión, son las normas que rigen el deber-derecho de la madre a la atención del recién nacido. Pero no existe normativa alguna que regule este Deber-derecho del padre.

El Decreto de Alcaldía Nº 0008014, del 24 de julio de 2000 emitido por la Municipalidad Provincial del Callao, que establece el Derecho de sus trabajadores – casados y/o convivientes – a gozar de una Licencia por paternidad de tres días hábiles de descanso remunerado, contados a partir del nacimiento de su hijo(a).

El Decreto de Alcaldía Nº 0001/MDMA, del año 2003 emitido por la Municipalidad de Morropon, que establece el Derecho de sus trabajadores a gozar de una Licencia por paternidad de tres días hábiles de descanso remunerado, contados a partir del nacimiento de su hijo(a).

La Resolución Presidencial N° 351 del 29 de octubre de 2001 en el Instituto Nacional de Bienestar Infantil INABIF que estableció la Licencia por Paternidad para sus trabajadores.

Otra norma que merece nuestra consideración es la Ley Nº 27409 que regula que cuando un padre trabajador adopta un hijo tiene derecho a una licencia post natal por treinta días naturales, sin embargo, cuando los adoptantes son cónyuges la licencia será tomada por la mujer, desconociendo la importancia de la relación paterno-filial. Reconocemos que el espíritu de esta ley fue favorecer y promover la adopción, sin embargo esta misma norma pondría en clara discriminación a los hijos adoptivos de los hijos naturales al favorecer en cierta forma a los adoptivos en la relación paterno- filial y a su vez a la relación materno filial en desventaja con la relación paterno filial. Es necesario adecuar nuestra legislación libre de discriminación entre hijos adoptivos o no y entre madres trabajadoras y padres trabajadores.
También tenemos leyes que son el marco adecuado y recogen el espíritu de no discriminación por razón de sexo, así tenemos:

§ La Ley de Fortalecimiento de la Familia, Ley Nº 28542 Ley que tuvo como objeto promover y fortalecer el desarrollo de la familia como fundamento de la sociedad y espacio fundamental para el desarrollo integral del ser humano, basándose en el respeto de los derechos fundamentales y las relaciones equitativas entre sus miembros y velando especialmente por aquellas familias que se encuentran en situación de extrema pobreza, pobreza o riesgo social.

§ El Plan Nacional de Apoyo a la Familia 2004-2011 fue aprobado el 09 de septiembre del 2004 mediante Decreto Supremo Nº 005-2004 MIMDES, señala que la familia es el primer ámbito de protección y desarrollo de la persona, las políticas de protección, apoyo y promoción de la familia se encuentran entre la más alta prioridad del Estado.

§ La Ley de Igualdad de Oportunidades, Ley Nº 28983 del 16 de marzo del 2007 y tuvo por objeto establecer el marco normativo, institucional y de políticas públicas en los ámbitos nacional, regional y local, para garantizar a mujeres y hombres el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad, libre desarrollo, bienestar y autonomía, impidiendo la discriminación en todas las esferas de su vida, pública y privada, propendiendo a la plena igualdad.

La Licencia por Paternidad también es un derecho en Arabia Saudita, Argelia, Egipto, Túnez, Dinamarca, Nueva Zelandia, Rumanía, Vietnam, incluso países africanos como Benin, República Camerún, República Centro Africana, Congo, Malí, Magadascar, Mauritania, Togo.

El camino se ha preparado, estamos próximos a celebrar este derecho de los padres trabajadores pero todavía nos falta, consideramos que es necesario legislar situaciones del padre trabajador en los términos de la licencia en caso de nacimiento múltiple y embarazo de riesgo, es necesario establecer las condiciones para que este derecho laboral sea ganado por el trabajador, tal como se prevé en otras legislaciones.


Obligación del Estado peruano de adoptar medidas orientadas a promover las responsabilidades familiares compartidas entre los cónyuges.

La licencia por paternidad no es sólo un derecho de los padres trabajadores sino también un deber. No obstante, el tiempo de esta licencia debe permitir que las labores generadas con la llegada de un nuevo miembro de la familia puedan ser asumidas por ambos progenitores.

Cabe preocuparse también por la situación de los padres y madres trabajadoras que no gozan de derechos laborales y que son la mayoría. Debería pensarse en un mecanismo que permita ejercer este derecho a los y las trabajadoras en general, independientemente del tipo de relación laboral que tengan.

La defensora general de Argentina Stella Maris Martínez declaró que “La concesión a la madre (de un niño recién nacido) de una licencia excesivamente más extensa que la reconocida al padre tiene el efecto no deseado de confirmar el rol de las mujeres en tareas estereotipadas y genera una distinción injustificada en perjuicio del padre, quien, con iguales deberes de cuidado de sus hijos, no puede ejercer el derecho en igual extensión”. De esta manera, la Nación Argentina amplió de 3 a 15 los días de licencia que les corresponden a los hombres por nacimiento y fijó en cinco los días de licencia adicionales, en caso de parto múltiple.

Esta licencia paternal se está aplicando con éxito en los países europeos que conceden hasta dos meses de licencia. En algunos países de América Latina el tiempo de la licencia varía de 5 a15 días.

En nuestro país el 71.5% de hogares tiene como jefe a un varón; mientras que los hogares encabezados por una mujer representan el 28.5%.

El Estado ha comprendido también su rol en la buena formación de una familia y desde 2004, mediante el Plan Nacional de Apoyo a la Familia, se trazó objetivos concretos a 2011, y le encargó al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (Mimdes) conducir estas políticas de coordinación, seguimiento y evaluación de los objetivos propuestos.

El padre desempeña un papel importante y constructivo en las familias, por lo cual es importante incentivar un ambiente positivo para la paternidad, dentro de las familias y de la sociedad; además de construir e implementar políticas sociales y familiares que apoyen al padre, ayudándolo a enfrentar los retos de la paternidad.

Las políticas públicas que apoyen a los padres deben enfocarse en remover las barreras del compromiso paterno y ayudarlos a mejorar su rol, desempeñado en el contexto de una política familiar más amplia. Las políticas pueden incluir programas de educación para el padre, facilitar los lazos padre e hijo en la infancia que empiezan con el nacimiento en el hospital.

Finalmente, considero que las normas legales deben ser conscientes de no establecer barreras para el compromiso paterno con los hijos, pues el padre juega un rol positivo y saludable en la familia, y necesita el apoyo de las normas sociales y políticas para desempeñarlo.

Alda Mirta Lazo Ríos de Hornung
Congresista de la República
Secretaria de la Comisión de la Mujer y Desarrollo Social

miércoles, 20 de mayo de 2009

Declaran inconstitucional el decreto 1090


Las comunidades nativas lograron ayer un avance en su objetivo por la derogatoria de nueve decretos legislativos que consideran lesivos a sus derechos, luego de que la Comisión de Constitución del Congreso aprobara un informe en minoría que declara inconstitucional el DL 1090, Ley Forestal y de Fauna Silvestre.La norma, una de las más cuestionadas por los indígenas, fue declarada inconstitucional por mayoría con los votos de Edgard Reymundo (BP), Alda Lazo (AN), Marisol Espinoza (PNP), Daniel Abugattás (PNP), María Sumire (PNP), Rolando Sousa (AF) y Aldo Estrada (UPP).El legislador del partido Nacionalista Daniel Abugattás, quien sustentó el informe, refirió que se pretendía legislar sobre recursos naturales forestales y de fauna a través de un decreto legislativo, lo cual va en contra del artículo 66 de la Constitución que establece que solo mediante ley orgánica se regula la utilización, distribución y otorgamiento a particulares de los recursos naturales.

DEMANDAN AL CONGRESO DEROGAR DL 1090 Y OTROS QUE AFECTARÍAN A COMUNIDADES NATIVAS


Congresistas del Partido Nacionalista pidieron el miércoles 20 al Pleno del Congreso poner en debate el dictamen que propone la derogatoria del Decreto Legislativo 1090, aprobado por la Comisión de Constitución y Reglamento.Igualmente, solicitaron que ese grupo de trabajo se reúna en forma extraordinaria para tratar los proyectos de ley que proponen la eliminación de otros decretos legislativos que afectarían a las comunidades nativas que se encuentran en paralización desde hace 40 días.Esa demanda fue hecha en conferencia de prensa realizada en el Hall de los ‘Pasos Perdidos’ del Congreso, por los legisladores nacionalistas Frédy Otárola, Yaneth Cajahuanca, José Maslucán, Rafael Vásquez, Isaac Mékler, Juvenal Silva, Juvenal Ordóñez, Nancy Obregón, Daniel Abugattás, Wérner Cabrera, Marisol Espinoza, Susana Vilca, Miro Ruiz y Pedro Santos. También Édgard Reymundo, del Bloque Popular.Lamentaron que la Junta de Portavoces del Congreso no haya priorizado el debate del dictamen que plantea la derogatoria del DL 1090 y de otros temas que están pidiendo los nativos que se encuentran movilizados en la selva.

lunes, 11 de mayo de 2009

CONGRESISTA ALDA LAZO FELICTA AL MIMDES POR EL LANZAMIENTO DE LAS INICIATIVAS: HECHO POR MUJERES


La ministra de la Mujer y Desarrollo Social, Dra. Carmen Vildoso Chirinos lanzó las iniciativas: “Hecho por mujeres peruanas y buenas prácticas institucionales con igualdad de género”, en las instalaciones del Puericultorio Pérez Aranibar. Al acto fue invitada la congresista Alda Lazo de Hornung quien precisó que es importante destacar estas iniciativas que promueven y propician la no discriminación de las mujeres en su acceso al mercado laboral, promoviendo buenas prácticas laborales con equidad de género al interior de la empresa y servicios públicos, contribuyendo así la reducción de la segregación laboral que afecta a las mujeres, abriendo espacios para incursionar en actividades tradicionalmente reservadas para los hombres.“Debo felicitar a la ministra de la Mujer y Desarrollo Social que apoya a la mujer peruana con estas iniciativas que tienen como finalidad mejorar la participación y la posición de las mujeres en todos los sectores de la economía nacional”, señaló la legisladora, quien precisó que “el cambio empieza por nosotras mismas y que ya es tiempo de revalorarnos como seres humanos con los mismos e iguales derechos que los hombres”.La Dra. Lazo hizo una invocación para que otras instituciones se adhieran voluntariamente a esta iniciativa del MIMDES cuya base es el compromiso político de los actores nacionales y regionales de gobierno, de trabajadores y trabajadoras, de los empresarios, por una sociedad cuyo principio y fin es el desarrollo humano de todos los ciudadanos en condiciones de equidad.

martes, 5 de mayo de 2009

CONGRESISTA ALDA LAZO PROPONE: EMPAQUE DE CIGARRILLOS DEBE CONTENER EN AMBAS CARAS


IMÁGENES Y LEMAS QUE ADVIERTAN DE LAS CONSECUENCIAS DEL TABACO EN LA SALUD
La iniciativa presentada por la congresista Alda Lazo, propone modificar el artículo 7º de la Ley Nº 28705, para que toda clase de empaque o envoltura de productos de tabaco lleve impreso en el 70% de ambas caras principales, frases e imágenes de advertencia sobre el daño a la salud que produce el fumar.La legisladora por Restauración Nacional manifestó que “Es necesario dar márgenes exactas en cuanto a las consecuencias del fumar en la salud, de esta forma estaríamos dándole la información suficiente al consumidor para que tome su propia decisión e incluir en ambas caras de los empaques estas imágenes de advertencia, que permitirá que los expendedores de cigarrillos no puedan ocultar las imágenes de advertencia y estas estarán expuestas a libre visión de los CONSUMIDORES a fin de que elijan libremente comprar o no comprar cigarrillos”.Cabe resaltar, que en su sustentación la legisladora hizo conocer a la Comisión de Defensa del Consumidor, que otras legislaciones como Irlanda, Suecia, Canadá, Uruguay, Bélgica y Chile ya han adoptado esta publicidad en ambas caras y luego de la introducción de las etiquetas hubo una mayor probabilidad de que los adolescentes que recién experimentaban el hábito y los fumadores ya establecidos pensaran en dejar de fumar, y la intención de fumar era más baja entre aquellos estudiantes que debatían las nuevas etiquetas de advertencia.En la actualidad, existen cerca de 4,9 millones de muertes anuales relacionadas con el tabaco, según datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), siendo el tabaco el responsable de la mayor cantidad de muertes por enfermedades prevenibles en el mundo. En el Perú, los datos de muertes por enfermedades atribuibles al tabaquismo señalan que estas sobrepasan las nueve mil personas al año.

lunes, 4 de mayo de 2009

Licencia por paternidad para trabajadores

Diario la República

CONGRESISTA ALDA LAZO PROPONE QUE LA LICENCIA POR PATERNIDAD SEA DE 15 DÍAS


La licencia por paternidad no es sólo un derecho de los padres trabajadores sino también un deber, pues el tiempo de esta licencia debe permitir que las labores generadas con la llegada de un nuevo miembro de la familia puedan ser asumidas por ambos progenitores, además, el padre juega un rol positivo y saludable en la familia y necesita el apoyo de normas políticas para desempeñarlo”, señaló la congresista Alda Lazo de Hornung.En tal sentido la legisladora de Restauración Nacional, precisó que los tres días de licencia por paternidad aprobados por la Comisión de Trabajo del Congreso de la República son insuficientes para asistir al nuevo miembro de la familia en sus primeros días de vida, apoyar en las nuevas labores domésticas y realizar los trámites administrativos que conllevan el nuevo ser, por ello, en las discusiones del Pleno que se realizarán de este tema, sustentará que deben ampliarse a 15 días naturales con goce de haber, contados a partir de producido el nacimiento, tal como lo propone su Proyecto de Ley 2784.La propuesta de la congresista tiene como objetivo adecuar nuestra legislación laboral a los nuevos tiempos, dado que la figura de la licencia por paternidad es utilizada hace una década en diversos países de América Latina y más de tres décadas en Europa.En Francia, por ejemplo, se otorgan 14 días de licencia por paternidad; Reino Unido 14 días, Dinamarca 14 días; Bélgica 14 días; Suecia 14 días; España 02 días; Portugal 05 días; Hungría 5 días; Brasil 05 días; Chile 05 días; Colombia 04 días; Puerto Rico 05 días; Guatemala 02 días; Paraguay 02 días; Uruguay 03 días; Argentina 03 días. En este último caso la Nación Argentina amplió a 15 días la licencia que les corresponde a los padres por nacimiento y fijó 5 días adicionales si el parto es múltiple.Es importante señalar que la iniciativa de la Dra. Lazo propone que al igual que la licencia por maternidad esta licencia no constituye costo adicional al empleador dado que será previsto y asumido por el sistema de seguridad social, entiéndase ESSALUD o EPS.