El Pleno del Congreso de la República aprobó unanimidad el proyecto de ley a través del cual se otorga “Licencia por Paternidad” a los esposos o convivientes en caso de alumbramientos de sus parejas, afianzando los lazos familiares y reforzando principalmente la paternidad responsable, equilibrando los derechos entre hombres y mujeres.
Como parte de los esfuerzos por fortalecer a la familia, se han presentado tres proyectos de ley. La propuesta fue sometida a la comisión de Mujer y de Trabajo, habiendo recibido opinión favorable de los diversos organismos consultados, entre ellos el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Economía y finanzas.
En ese sentido se acuerda otorgar cuatro días de licencia remunerada conforme a lo establecido en otros países.
“La licencia por paternidad se basa en que el padre juega un rol positivo y saludable en la familia. El compromiso paterno debe impulsarse a temprana edad con prácticas de salud, educativas y familiares inclusivas.”, señaló la congresista Alda Lazo.
La igualdad de género y el aumento en mujeres en la fuerza laboral, han producido cambios en las supuestas responsabilidades del hombre y del padre.
Hoy se enfatiza el trabajo conjunto del padre, más participativo e involucrado en los aspectos emocionales y concretos del día a día de la crianza de los hijos.
IMPORTANTE
El Convenio N° 156 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), establece la igualdad de oportunidades y de trato entre trabajadores y trabajadoras con responsabilidades familiares.
El Perú forma parte de este convenio al haber sido ratificado por la Ley N° 24508, del 16 de junio de 1986. Pese a esta ratificación, no se cuenta con legislación nacional que reconozca el descanso o licencia a los trabajadores.
PAÍSES CON LICENCIA
POR PATERNIDAD
Francia: 14 días pagados Reino Unido: 14 días pagados
Dinamarca: 14 días pagados Bélgica: 14 días pagados
Suecia: 14 días pagados Portugal: 5 días pagados
Hungría: 5 días pagados Brasil: 5 días pagados
Chile: 5 días pagados Puerto Rico: 5 días pagados
Colombia: 4 días pagados Uruguay: 3 días pagados
España: 2 días pagados Guatemala: 2 días pagados
Paraguay: 2 días pagados Argentina: 2 días pagados
Lima 12 de setiembre del 2009
No hay comentarios:
Publicar un comentario